¿Para qué sirve el modelo 303?
El modelo 303 es la declaración trimestral del IVA (Impuesto sobre el Valor Añadido) que deben presentar autónomos y empresas en España. A través de él, liquidas la diferencia entre el IVA que has cobrado a tus clientes (IVA repercutido) y el IVA que has pagado en tus gastos profesionales (IVA soportado).
Si has cobrado más IVA del que has pagado: ingresas la diferencia a Hacienda. Si has pagado más del que has cobrado: el saldo queda a tu favor para compensar en el siguiente trimestre o solicitar devolución en el cuarto trimestre del año.
Plazos exactos de presentación en 2026
| Trimestre | Período | Plazo presentación | Domiciliación hasta |
|---|---|---|---|
| 1T 2026 | Enero – Marzo | 1 – 20 de abril 2026 | 15 de abril 2026 |
| 2T 2026 | Abril – Junio | 1 – 20 de julio 2026 | 15 de julio 2026 |
| 3T 2026 | Julio – Septiembre | 1 – 20 de octubre 2026 | 15 de octubre 2026 |
| 4T 2026 | Octubre – Diciembre | 1 – 30 de enero 2027 | 25 de enero 2027 |
Qué necesitas antes de rellenar el 303
Antes de sentarte a rellenar el modelo, recopila esta información del trimestre:
- Todas tus facturas emitidas con el IVA desglosado (IVA repercutido)
- Todas tus facturas recibidas de gastos deducibles con IVA (IVA soportado)
- Los datos del trimestre anterior si tienes saldo a compensar
- Tu número de referencia de la AEAT (o clave PIN si usas el sistema de acceso simplificado)
Paso a paso: cómo rellenar el modelo 303
Paso 1 — Accede al modelo en la sede electrónica
Ve a sede.agenciatributaria.gob.es → Impuestos y tasas → IVA → Modelo 303. Necesitas certificado digital, Cl@ve PIN o número de referencia para acceder.
Paso 2 — Identificación y período
Rellena tu NIF, razón social y el ejercicio + período que estás declarando. El período es el número del trimestre: 1T = 1P, 2T = 2P, 3T = 3P, 4T = 4P.
Paso 3 — IVA devengado (casillas 01-09)
Aquí declaras el IVA que has cobrado a tus clientes, desglosado por tipo:
- Casilla 01: Base imponible de las facturas al 21%
- Casilla 02: Cuota de IVA al 21% (automático: casilla 01 × 21%)
- Casilla 03: Base imponible facturas al 10%
- Casilla 04: Cuota de IVA al 10%
- Casilla 05: Base imponible facturas al 4%
- Casilla 06: Cuota de IVA al 4%
Si solo tienes IVA al 21%, solo necesitas rellenar casillas 01 y 02. Las demás van a 0.
Paso 4 — IVA deducible (casillas 28-44)
Aquí declaras el IVA de tus gastos deducibles:
- Casilla 28 y 29: Base y cuota de bienes corrientes y servicios (la mayoría de gastos habituales)
- Casilla 30 y 31: Bienes de inversión (equipos, maquinaria de alto valor)
- Casilla 32 y 33: Importaciones
- Casilla 36 y 37: Operaciones intracomunitarias
La mayoría de autónomos con gastos simples solo necesitan rellenar las casillas 28 y 29.
Paso 5 — Resultado de la liquidación (casilla 64)
La casilla 64 calcula automáticamente la diferencia: IVA devengado (lo que cobras) menos IVA deducible (lo que pagas). Este es tu resultado del trimestre.
Paso 6 — Compensación de períodos anteriores (casilla 67)
Si en trimestres anteriores tuviste saldo a tu favor que no pediste en devolución, puedes compensarlo aquí. El saldo se aplica reduciendo lo que tienes que pagar.
Paso 7 — Resultado final (casilla 69)
El importe definitivo a ingresar o a tu favor. Si es positivo, necesitas pagarlo. Si es negativo, queda pendiente para el siguiente trimestre (o para solicitar devolución si estás en el 4T).
Errores más frecuentes al rellenar el 303
- Mezclar base imponible con total: En las casillas de IVA devengado solo va la base (precio sin IVA), no el total de la factura.
- Incluir gastos no deducibles: Las comidas, ropa personal, gastos del hogar sin justificación profesional no son deducibles.
- Olvidar facturas de gastos: Revisa también los recibos digitales de software, suscripciones y servicios online — muchos llevan IVA deducible.
- No declarar operaciones intracomunitarias: Si compras servicios a empresas de la UE (Google Ads, Dropbox, etc.), tributan por inversión del sujeto pasivo y deben declararse.
- Presentarlo en negativo sin solicitarlo: Si el resultado es negativo, debes marcar explícitamente si quieres compensarlo o solicitar devolución.
¿Puedo presentar el 303 con saldo a cero?
Sí. Si no tuviste actividad o el IVA repercutido y soportado se compensan exactamente, el 303 puede presentarse con resultado cero (declaración "sin actividad" o resultado nulo). La obligación de presentarlo sigue existiendo aunque no tengas que pagar nada.
¿Qué pasa si no puedo pagar el IVA en el plazo?
Si no puedes pagar el resultado del 303, tienes opciones:
- Aplazamiento: Puedes solicitar a Hacienda un aplazamiento del pago. El importe máximo aplazable sin aval varía según las resoluciones vigentes (históricamente hasta 30.000€).
- Fraccionamiento: Puedes pedir pagar en varios plazos mensuales con intereses de demora.
- Presentar igualmente: Siempre es mejor presentar aunque no puedas pagar. La sanción por no presentar es mayor que el recargo por aplazamiento.