Calcula cuánto IRPF debes retener en tus facturas como autónomo, cuánto cobrarás realmente y cómo gestionar tus pagos trimestrales a Hacienda.
Generar factura gratis →La retención de IRPF se aplica cuando un autónomo profesional factura a una empresa o a otro autónomo en España. No se aplica cuando el cliente es un particular o cuando el cliente está fuera de España.
Hay actividades que están exentas de practicar retención aunque el cliente sea una empresa:
Si tu actividad está exenta, debes indicarlo en la factura: "Actividad exenta de retención por [motivo] según art. X del RIRPF".
La retención de IRPF en facturas de autónomo funciona así: el cliente (empresa o profesional) descuenta un porcentaje de tu factura (15% en general, 7% los primeros 3 años) y lo ingresa directamente a Hacienda en tu nombre. Al hacer tu declaración anual de la renta, ese importe ya retenido se descuenta de lo que debes pagar.
La retención NO es el impuesto definitivo — es un pago a cuenta. Al final del año, tu facturación total determina la cuota de IRPF. Si las retenciones superan la cuota total, Hacienda te devuelve la diferencia. Si son insuficientes, pagas la diferencia en junio.
El 7% aplica en los primeros 3 años desde el inicio de la actividad profesional (no desde la primera factura de ese tipo de actividad). Para acreditar el derecho al 7%, debes comunicarlo al cliente con declaración responsable. El 15% es el tipo general para autónomos con más de 3 años de actividad. Existen tipos especiales para actividades específicas como la venta de determinadas obras artísticas.
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