¿Qué es la factura simplificada?
La factura simplificada es un tipo de factura regulada por el artículo 7 del Reglamento de Facturación español (RD 1619/2012) que sustituyó al antiguo tique de compra en 2013. Se diferencia de la factura ordinaria en que no requiere los datos completos del destinatario (nombre, NIF y domicilio), lo que agiliza su emisión en entornos de alta rotación de clientes.
📌 Clave: La factura simplificada NO permite al comprador deducir el IVA, a menos que incluya también sus datos completos como destinatario. Si tu cliente necesita deducir el IVA, debes emitir siempre una factura ordinaria completa.
¿Cuándo puedes emitir factura simplificada?
Solo puedes usar factura simplificada en dos casos según la normativa:
- Importe total inferior a 400€ (IVA incluido) — cualquier actividad
- Cualquier importe — pero solo en actividades autorizadas reglamentariamente: comercio al por menor, hostelería y restauración, servicios de transporte de viajeros, aparcamientos, peluquerías, tintorejerías, y similares definidos por el Reglamento
⚠️ Importante: Si tu cliente es una empresa o autónomo que quiere deducir el IVA, la factura simplificada no es válida aunque el importe sea inferior a 400€. Debes emitir una factura ordinaria con todos sus datos fiscales.
¿Qué datos debe incluir obligatoriamente?
- Número y serie correlativa
- Fecha de expedición
- Datos del emisor: nombre/empresa y NIF
- Descripción de los bienes o servicios
- Tipo impositivo de IVA aplicado (aunque no desglosado)
- Contraprestación total (precio con IVA incluido)
Si el cliente solicita la deducción del IVA, deberás añadir también: nombre, NIF y domicilio del destinatario, así como la cuota tributaria desglosada.
Diferencias clave entre factura simplificada y factura ordinaria
| Característica | Simplificada | Ordinaria |
| Datos del cliente | No obligatorio | Obligatorio |
| NIF del cliente | No obligatorio | Obligatorio |
| IVA desglosado | Puede estar incluido | Obligatoriamente desglosado |
| El cliente puede deducir IVA | Generalmente no | Sí |
| Límite de importe | Hasta 400 € | Sin límite |
Regla práctica: si el cliente es empresa o autónomo que necesita deducirse el IVA, emite siempre factura ordinaria. Para particulares sin necesidad fiscal, la simplificada es suficiente y más ágil.
Preguntas frecuentes
¿Qué datos obligatorios tiene una factura simplificada?+
Número de factura correlativo, fecha de expedición, NIF del emisor, tipo de bien o servicio, tipo impositivo de IVA aplicado y la contraprestación total. No es obligatorio incluir los datos del destinatario si es un particular.
¿Puede un cliente pedirme que convierta el ticket en factura completa?+
Sí. En España cualquier destinatario puede solicitar factura completa en lugar del ticket simplificado, y el emisor está obligado a emitirla. Tienes que incluir los datos fiscales del cliente que te solicite.
¿Las facturas simplificadas cuentan para el modelo 303?+
Sí. Aunque no incluyan datos del cliente, generan IVA repercutido que debes declarar en el modelo 303. Debes llevar un registro de las simplificadas emitidas con importe total y cuota de IVA.
¿Existe un límite de importe para las facturas simplificadas?+
El límite general es de 400 € (IVA incluido). Gasolineras pueden emitir simplificadas hasta 3.000 €. Hay otros sectores con excepciones autorizadas por Hacienda. Por encima de los límites, la factura ordinaria es obligatoria.
¿Con VeriFactu cambia algo en las simplificadas?+
Sí. Con VeriFactu (obligatorio desde 2026-2027 para empresas y autónomos según el calendario), las facturas simplificadas también deberán registrarse en el sistema verificable de la AEAT con código QR. Consulta las fechas de obligatoriedad para tu caso concreto.