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Cómo estructurar una factura de carpintería
- Concepto 1: Fabricación/Mano de obra — IVA 10% si reforma en vivienda
- Concepto 2: Materiales (madera, herrajes, barniz) — IVA 21%
- Concepto 3: Transporte e instalación — IVA 21%
IVA para trabajos de carpintería
Los trabajos de carpintería tributan al IVA del 21% en general. Si forman parte de obras de renovación en viviendas habituales — puertas, ventanas, armarios empotrados — puede aplicarse el tipo reducido del 10% si los materiales no superan el 40% del total y el cliente lleva más de 2 años en la vivienda.
Para el IRPF, aplica retención del 15% en facturas a empresas y constructoras. Conserva los albaranes de materiales para justificar la composición del presupuesto ante Hacienda.
Fabricación vs instalación: diferencia fiscal
Si fabricas el mueble en tu taller, facturas el conjunto como obra. Si solo instalas material de terceros, puedes desglosar material e instalación. Este desglose puede afectar la posibilidad de aplicar el IVA reducido del 10% en obras de vivienda habitual.
Ejemplo de factura para carpintero
Esta es la estructura de una factura de carpintería para reforma en vivienda habitual, con el desglose correcto de mano de obra al 10% y materiales al 21%:
| Concepto | IVA | Importe |
|---|---|---|
| Fabricación e instalación armario empotrado a medida — mano de obra | 10% | 680,00 € |
| Materiales: tablero melamínico, herrajes y correderas | 21% | 420,00 € |
| Desplazamiento e instalación en obra | 21% | 60,00 € |
Gastos deducibles para carpinteros autónomos
- Materiales de producción: madera, tableros, barnices, pinturas, herrajes, colas. El material comprado para un trabajo concreto es gasto del ejercicio en que se compra.
- Maquinaria y herramientas: sierra de cinta, fresadora, lijadora, compresor. Si el coste es elevado, se amortiza en varios años. Herramientas de menor valor se deducen directamente.
- Alquiler del taller: si alquilas local para tu carpintería, deducible al 100%.
- Vehículo de trabajo: si usas furgoneta para transportar materiales y muebles, puedes deducir los gastos de combustible, seguro y mantenimiento. Para vehículos mixtos, Hacienda suele aceptar el 50% salvo prueba de uso exclusivo profesional.
- EPI y ropa de trabajo: gafas protectoras, mascarillas, guantes, ropa de trabajo con tu logo. Deducibles al 100% si son exclusivos de la actividad.
- Formación: cursos de ebanistería, restauración de muebles, acabados especiales o gestión de taller.
- Seguros: responsabilidad civil para trabajos en domicilios de clientes, seguro del taller y maquinaria.